La configuración de una masiva violación de derechos humanos
- Opinión
1. Guatemala atraviesa por una profunda crisis de violencia y criminalidad con tendencia ascendente, que ha producido en los últimos cinco años más de 25 mil 700 víctimas mortales[1], generando una tasa de mortalidad promedio de 41.8 muertes por cada 100 mil habitantes[2], registrada en ese mismo período. Estas cifras colocan al país como uno de los más violentos de la región latinoamericana.
2. Con esta situación de criminalidad y con instituciones disminuidas en su capacidad por el mal desempeño y la corrupción de muchos de sus funcionarios, el sistema de justicia en Guatemala se ha convertido en fuente de impunidad. Incumple con sus funciones primordiales, multiplica las prácticas que deniegan el acceso a la justicia y reproduce modelos represivos e injustos.
3. El factor común de la mayoría de asesinatos es la impunidad que gozan los perpetradores. Las deficiencias en materia de investigación, persecución y sanción penal, aunado a fenómenos como la corrupción, la ineficiencia y las deficiencias técnicas; la falta de vocación de servicio, la debilidad o inexistencia de controles y supervisión para sancionar efectivamente el mal desempeño de funcionarios, así como la falta de voluntad política para mejorar la actuación de las instituciones, se traduce inevitablemente en una casi nula aplicación de justicia.
4. Esta impunidad representa una violación masiva de los derechos humanos, por cuanto su práctica sistemática permite la comisión de hechos que lesionan la vida, la integridad física, el patrimonio y las libertades del ser humano; cierra las posibilidades de reparar el daño ocasionado a las víctimas y sus familiares, y promueve la repetición de los delitos en perjuicio de otras personas.
5. La impunidad desnaturaliza a las instituciones cuya función es garantizar el pleno goce de los derechos humanos. Crea estadios en los que la persona pierde dignidad y valor porque predominan intereses diversos, que bien pueden ser económicos o políticos, del Estado, de estructuras de poder o de grupos particulares. En este contexto, la Constitución Política de la República, las leyes nacionales y los instrumentos de derecho internacional pierden valor en la vida cotidiana.
6. Los mecanismos de impunidad que operan ahora son los mismos que se usaron en el pasado para obstruir las investigaciones sobre las violaciones de derechos humanos, aunque la actual politización es un factor que refuerza su práctica y la violencia es utilizada como instrumento eficaz para destruir o intentar destruir procesos judiciales. De manera que, además de no administrar justicia sobre el pasado, las instituciones tampoco lo hacen sobre los nuevos crímenes que afectan a la población en general y que son producidos por fenómenos criminales crecientes como la corrupción, la delincuencia común, el crimen organizado, las maras y los cuerpos clandestinos que provocan violencia con efectos sensibles en el orden político.
7. Además de la impunidad que se reporta en el ámbito concreto de la justicia penal, también es importante señalar que el fenómeno opera con mucho rigor en situaciones de inobservancia de los derechos económicos y sociales. Por ejemplo, las prácticas de injusticia social y abusos de poder, los factores que multiplican la pobreza, la precariedad en las condiciones laborales y la falta de acceso a los servicios básicos y al desarrollo, son ámbitos donde la administración de justicia no tiene cabida.
8. Asimismo, resalta la violencia y la subsiguiente impunidad que sufren quienes ejercen alguna actividad social o política contraria a intereses de grupos poderosos. Por ejemplo líderes indígenas, campesinos y sindicales; periodistas, opositores políticos, operadores de justicia, personas dedicadas a la promoción y la defensa de los derechos humanos, organizaciones que propugnan por rescatar la memoria del pasado y académicos que realizan investigaciones sociales y antropológicas sobre el conflicto armado, la violencia y otros fenómenos.
9. Si bien no existe más una política sistemática como la que se ejecutó durante el conflicto armado interno, la responsabilidad estatal por la inseguridad y la impunidad es incuestionable. El Estado tiene la obligación de garantizar el derecho de toda persona a la vida, la libertad y la seguridad; y debe asegurar la eficiencia de las instituciones judiciales, para proteger a cualquier ciudadano de actos que violan sus derechos fundamentales.
10. Sin embargo, la debilidad y la inoperancia de las instituciones, particularmente en el ámbito de la seguridad y justicia, crean espacios de arbitrariedad que son aprovechados por estructuras criminales, que operan tanto dentro como fuera del Estado a favor de grupos poderosos. En esa función emplean la presión política, la corrupción y la violencia como medio para alcanzar sus objetivos, haciendo girar la maquinaria de la impunidad para su propia protección y la de quienes los financian.
11. En virtud de lo anterior, hay suficientes ejemplos y elementos para imputar al Estado responsabilidad política nacional e internacional, tanto por los hechos atribuibles a sus agentes como por las acciones que corren a cuenta de operadores criminales. Es notorio y público que el Estado se muestra enfáticamente incapaz de prevenir los hechos de violencia y criminalidad. Tampoco muestra voluntad real de investigar, perseguir, enjuiciar y sancionar como corresponde, con apego a los principios del debido proceso legal.
12. Ejemplo de ello es la actuación del Ministerio Público, cuyos resultados concretos en términos de justicia para las víctimas siguen siendo escasos. Un monitoreo realizado por el Movimiento Pro Justicia[3] en siete fiscalías, entre los años 2005 y 2007, demostró que en más del 90 por ciento de los casos de delitos contra la vida y la libertad sexual los expedientes quedan entrampados en una fase casi interminable de investigación; son sobreseídos y clausurados, o bien son archivados luego de haber realizado cero, una o, como máximo, dos diligencias.
13. Cada acción de archivo, sobreseimiento o clausura provisional que se aplica arbitrariamente o de forma inadecuada, o cada acusación que no logra convertirse en un proceso judicial sólido, constituye una ofensa para la víctima y para la ciudadanía en general. Especialmente porque, en la mayoría de expedientes, el uso de estas salidas procesales carece de justificación; y porque los casos de alto impacto son tratados con negligencia, sin importar que está en juego la vida de seres humanos y el sufrimiento de sus familiares.
14. Con ello se configura un mecanismo de impunidad, que se suma a otros cuellos de botella que afectan a la administración de justicia, tales como: el secreto de Estado, el uso malicioso de garantías como el amparo y la acción de inconstitucionalidad, la corrupción y la violencia contra operadores de justicia y actores vinculados a los procesos penales, entre otros.
15. La actuación de la Policía Nacional Civil (PNC) queda también comprometida en este ambiente de crimen, violencia e impunidad. En materia de investigación criminal, la PNC muestra serias deficiencias debido a los escasos y deficientes recursos humanos, financieros y técnicos; la negligencia en el ejercicio de estas funciones y los problemas de coordinación entre la PNC y el Ministerio Público son constantes; y hay evidencia irrefutable de la penetración criminal en esta instancia policial.
16. En la PNC se reproducen aún fenómenos y prácticas deleznables como la existencia de estructuras internas que incurren en delincuencia común, corrupción, acciones vinculadas a la delincuencia organizada, ejecuciones extrajudiciales, abuso de poder, uso excesivo de la fuerza y la utilización inadecuada de las armas de fuego, entre otros.
17. A lo largo de veinte años ha habido esfuerzos por transformar, modernizar y fortalecer a la institucionalidad de justicia y seguridad, con el afán de promover la eliminación de las prácticas y de los flujos de poder que durante el conflicto armado indujeron a estas instituciones a generar impunidad, pero los avances siguen siendo escasos.
Propuesta de recomendaciones al Estado de Guatemala. Ante este complejo escenario, la Fundación Myrna Mack considera oportuno plantear a la representante especial Hina Jilani, los siguientes puntos como eventuales recomendaciones de su mandato al Estado de Guatemala:
1. Es fundamental que la Representante Especial analice la pertinencia de declarar que la impunidad ha alcanzado tales dimensiones y características, que es válido considerarla una forma de violación masiva de los derechos humanos.
2. En congruencia con lo anterior, que recomiende al Estado de Guatemala poner en marcha políticas públicas y estrategias puntuales que ataquen la raíz de esta grave trasgresión a los derechos y las garantías fundamentales, consagradas en el ordenamiento jurídico nacional y en los instrumentos internacionales de protección de derechos humanos. Resulta esencial la coordinación entre las instituciones de justicia y seguridad, a efecto de asegurar que la investigación criminal sea sólida, objetiva, íntegra, exenta de manipulaciones y con fundamento científico.
3. Que la Representante Especial inste al Estado de Guatemala a cooperar plenamente con la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) en la investigación de las estructuras criminales y su penetración en el seno de las instituciones estatales, así como su desmantelamiento.
4. Que recomiende a las autoridades nacionales garantizar voluntad política y convicción para fortalecer técnica y financieramente al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF). Esta institución es vital para gestionar de mejor forma los delitos contra la vida y la libertad sexual, la violencia contra la mujer y los hechos criminales con connotación política.
5. Que haga un llamado al Estado guatemalteco, en especial a las instituciones de justicia y seguridad, para que tomen las medidas necesarias que mejoren el marco normativo de sus respectivas carreras profesionales; así como la creación de instrumentos objetivos para la evaluación del desempeño, la investigación y la sanción de faltas cometidas en el ejercicio de la función, a efecto de que sus funcionarios trabajen de manera íntegra, independiente e imparcial. Con esto se fomentarán el buen desempeño, la ética y la excelencia profesional.
6. Que gire una recomendación específica a las autoridades del Organismo Ejecutivo, y en particular al Ministerio de Gobernación, para que se apoye y fortalezca el Sistema de Inspectoría de la PNC, a efecto de promover investigaciones internas que detecten y combatan los comportamientos criminales institucionales, especialmente a los grupos de agentes involucrados en ejecuciones extrajudiciales. Además, que se fortalezca la Dirección
General de Inteligencia Civil (DIGICI), por la importancia de la inteligencia para articular acciones más efectivas y contundentes que frenen la intensa actividad criminal en el país.
7. Que recomiende el respeto y la atención integral a las víctimas de delitos contra la vida y la libertad sexual, mediante la ampliación de servicios psicosociales, médicos y de asesoría jurídica; y que el mandato de cumplir con esta función sea extensivo para todos los operadores de justicia y no únicamente para quienes laboran en las oficinas específicas que tienen relación con las víctimas directas del delito.
Febrero, 2008
[1] Datos oficiales de la Policía Nacional Civil, en relación con la evolución histórica de homicidios entre 1995 y 2007. Estos datos fueron presentados por el ministro de Gobernación, Vinicio Gómez, al Foro Guatemala, instancia que aglutina a 18 organizaciones pertenecientes a diversos sectores nacionales.
[2] Elaboración propia a partir de los datos provistos por la Policía Nacional Civil. Febrero, 2008, Fundación Myrna Mack
[3] El Movimiento Pro Justicia está integrado por Familiares y Amigos contra la Delincuencia y el Secuestro (FADS), Madres Angustiadas y Fundación Myrna Mack. En la primera fase de ejecución participó también el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG).
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